Resumen ejecutivo — El BCRA cerró abril con una serie de modificaciones de alto impacto sobre el ecosistema PSP / billeteras virtuales. La medida central, oficializada el 30-04-2026, reformula el texto ordenado de Proveedores de Servicios de Pago: incorpora la figura PSPCP-as-a-Service, extiende a 12 meses el plazo para iniciar operación, exige declarar el banco patrocinador y habilita 4 nuevas causales de baja registral de oficio. Los PSP ya inscriptos cuentan con 90 días corridos para adecuarse. En paralelo, la Comunicación A 8415 consolida en el TO el nuevo régimen disciplinario que iguala el tratamiento entre bancos y fintech (Grupo A), incluye a infraestructuras críticas (COELSA, Interbanking, Red Link, Newpay) y endurece la gradación de sanciones. ARCA mantiene activo el régimen de información sobre billeteras (umbrales $50 M personas humanas / $30 M jurídicas) y la CNV continúa depurando el Registro PSAV bajo RG 1058/2025. El conjunto perfila un trimestre de fuerte adecuación normativa para todo el sector.

Normas relevadas en la semana

FechaOrganismoNormaAlcance
30-04-2026BCRAModificación TO PSPIncorpora figura PSPCP-as-a-Service · 90 días para adecuación · 12 meses para iniciar operación · 4 nuevas causales de baja
27-04-2026BCRACom. “A” 8415Consolida en el TO el régimen disciplinario reformado (Com. A 8411). PSP ingresan al Grupo A junto a bancos e infraestructuras críticas
Vigencia 01-05-2026ARCARG sobre billeterasRégimen de información de billeteras virtuales centrado en usuario · DDJJ con vencimientos desde mayo 2026 · Umbrales $50 M PH / $30 M PJ
TrimestreCNVRG 1058/2025 PSAVDepuración del Registro PSAV; aplica desde may-2025 con plazos de adecuación cumplidos. Cancelación de oficio para no inscriptos
En cursoBCRACom. “A” 8398 (cibersec.)PSP como sujetos obligados en gestión de riesgos de tecnología y seguridad de la información. Vencimiento 04-08-2026

Análisis técnico por norma

1 · Reforma del Texto Ordenado de PSP (BCRA, 30-04-2026)

Marco legal. Modificación del TO de “Proveedores de Servicios de Pago” (LEF Ley 21.526; Carta Orgánica BCRA Ley 24.144 art. 4 inc. h y art. 28 quater); reglamentaria del régimen de PSPCP/PSPOF.

Sujetos obligados. PSPCP (cuentas de pago), PSPOF (oferta de billetera), nueva sub-categoría PSPCP-as-a-Service, banco patrocinador, terceros que contratan provisión indirecta de cuentas de pago.

Plazos clave. 90 días corridos desde la publicación para que los PSP ya inscriptos se adecuen; 12 meses (antes 6) desde la inscripción para iniciar operatoria; 4 nuevas causales de baja registral de oficio.

Régimen sancionatorio. Sanciones canalizadas vía Régimen Disciplinario reformado (ver Com. A 8411/8415): multas, apercibimientos, inhabilitaciones y baja del registro.

Comparación con normativa previa. Refuerza la versión 2024 del TO (Com. A 8287) introduciendo por primera vez la modalidad PSPCP-as-a-Service, equiparando estándares para provisión directa e indirecta de cuentas de pago.

2 · Comunicación “A” 8415 — Consolidación del Régimen Disciplinario

Modifica el TO sobre Régimen Disciplinario incorporando lo dispuesto por la Com. A 8411 (20-03-2026). Los PSP pasan al Grupo A junto con bancos y entidades de importancia sistémica (COELSA, Interbanking, Red Link, Newpay). Catálogo unificado de infracciones leves, graves y muy graves; rangos de multa actualizados por UVA; responsabilidad solidaria de directores y administradores; medidas cautelares durante el sumario.

3 · Régimen de Información de Billeteras (ARCA · vigencia 01-05-2026)

Reglamenta el régimen de información sobre proveedores de servicios de pago y billeteras virtuales, modificando el enfoque transacción-por-cuenta a usuario consolidado. Aplica a DDJJ con vencimiento a partir de mayo 2026. Umbrales: $50 M mensuales para personas humanas, $30 M para personas jurídicas, $10 M en extracciones de efectivo.

4 · CNV — RG 1058/2025 PSAV (estado al 01-05-2026)

Régimen aplicable a Proveedores de Servicios de Activos Virtuales conforme art. 4 bis Ley 27.739. Plazos para adecuación de PSAV preexistentes vencidos (01-08-2025 PJ locales y 01-09-2025 PJ extranjeras). Cancelación del registro habilitada para no conformes. Refuerza requisitos de ciberseguridad, custodia segregada y políticas PLA/FT.

5 · BCRA Com. “A” 8398 — Ciberseguridad PSP (en curso)

Modifica el TO sobre requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguridad de la información, alcanzando expresamente a los PSP. Plazo de implementación: 180 días corridos · vencimiento 04-08-2026. Designación de CISO independiente, pruebas de penetración anuales y reporte de incidentes en menos de 24 hs.

Impacto consolidado sobre PSP y billeteras

  • Mayor carga regulatoria. Tres adecuaciones simultáneas: TO PSP (90 días), régimen disciplinario (vigente) y ciberseguridad (al 04-08-2026).
  • Equiparación con bancos. El traslado al Grupo A obliga a robustecer gobierno corporativo, función de cumplimiento y reportes regulatorios.
  • Mayor transparencia ante usuarios. La obligación de declarar al banco patrocinador y la nómina de entidades autorizadas reduce la opacidad de la cadena de fondeo.
  • Convergencia BCRA-ARCA-CNV-UIF. Los regímenes de información se complementan, configurando un perímetro fintech coherente.
  • Costo de cumplimiento al alza. Estimamos un incremento del 15–25% en costos de Compliance y Tecnología para PSP medianos en los próximos 12 meses.

Hoja de ruta regulatoria

HitoDescripción
Mayo 2026Inicio del régimen ARCA “centrado en usuario”. Primer vencimiento de DDJJ bajo el nuevo formato.
Hasta 29-07-2026Vencimiento del plazo de 90 días para adecuar PSP al nuevo TO (cuenta desde 30-04-2026).
04-08-2026Vencimiento Com. A 8398: implementación plena del marco de ciberseguridad PSP.
Hasta 30-04-2027Plazo extendido de 12 meses para iniciar operatoria efectiva (PSP nuevos).
PermanenteReportes mensuales UIF (Res. 49/2024) y régimen sancionatorio del Grupo A para todos los PSP.

Recomendaciones CYA

  • Diagnóstico de gap regulatorio en 30 días. Mapear obligaciones del nuevo TO PSP, ciberseguridad y régimen disciplinario en una matriz única; identificar dueños y plazos por área.
  • Revisar contratos de PSPCP-as-a-Service. Cláusulas de cesión de información, responsabilidad solidaria, reporting al BCRA, respaldo del banco patrocinador y exit-plan.
  • Actualizar Manual de Ciberseguridad y MAR. Integrar Com. A 8398, designar CISO con reporte directo al directorio, planificar pen-tests anuales y reporte de incidentes en menos de 24 hs.
  • Reforzar Compliance y PLA/FT. Adecuar políticas a UIF Res. 49/2024 (PSAV) y al esquema integrado UIF-BCRA-ARCA. Capacitación obligatoria del directorio.
  • Implementar dashboard regulatorio CYA. Tracking continuo de comunicaciones BCRA, resoluciones UIF y RG CNV/ARCA; alertas tempranas para vencimientos críticos.
  • Comunicación al cliente final. Adecuar la información obligatoria sobre la entidad patrocinadora, cobertura del fondo de garantía y custodia de fondos.

Fuentes oficiales

Este resumen es de carácter informativo y no constituye asesoramiento legal o regulatorio. Para consultas específicas escribinos a consultingcya.com.ar.

C&A Integral Consulting · Sebastián Cristófari, CEO · Resumen Semanal Blog